Asignación por Matrimonio
Suma de dinero que se abona al trabajador en relación de dependencia por contraer matrimonio.
Se abona a ambos cónyuges si se encuentran comprendidos en el Régimen de Asignaciones Familiares.
Requisitos a reunir:
· Solicitar el pago de esta asignación dentro de los dos (2) años de la fecha de ocurrido el matrimonio.
· Contar con una antigüedad mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses a la fecha de celebrado el matrimonio, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.
Asignación Prenatal
Suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia desde el momento de la concepción hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.
Se abona a uno solo de los progenitores.
Requisitos que debe reunir:
· Contar con una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.
· Para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación. Si se acredita con posterioridad al sexto mes sólo se perciben los meses que resten desde la presentación del certificado médico hasta el nacimiento o interrupción del embarazo. Si la acreditación se realiza con posterioridad al nacimiento no corresponde el pago.
Asignación por Maternidad
Consiste en el pago de un monto igual a la remuneración bruta que le hubiera correspondido percibir a la trabajadora durante el período de Licencia Legal en el empleo con motivo del parto.
Cuando la trabajadora se desempeña en más de un empleo, tiene derecho a la percepción de esta Asignación Familiar en cada uno de ellos.
Corresponde el pago de la Asignación Familiar por Maternidad en los siguientes casos:
· Interrupción del embarazo, siempre que éste tuviera lugar cumplidos los ciento ochenta (180) días de gestación.
· Alumbramiento sin vida.
· Nacimiento anticipado durante la Licencia pre-parto: los días faltantes se adicionan al período post-parto.
· Nacimiento con vida anterior al inicio de la Licencia pre-parto, por los noventa (90) días de la Licencia post-parto.
· Nacimiento a término en el cual no se haya iniciado la Licencia por Maternidad por no haberse denunciado el estado de embarazo, por los cuarenta y cinco (45) días posteriores al parto.
Requisitos a reunir:
· Contar con una antigüedad mínima y continua de tres (3) meses en cada uno de los empleos a la fecha de iniciada la Licencia por Maternidad, la trabajadora que logra la antigüedad con posterioridad a la fecha en que inició la Licencia por Maternidad percibirá la asignación por los días que le resten gozar de la Licencia pre-parto y/o post-parto a partir de la fecha en que alcanzó la antigüedad requerida.
Documentación a presentar
· Nota emitida por Reconocimientos Médicos de la Nación (se deberá pedir nota en este departamento para concurrir al mismo) en la que se informa la fecha a partir de la cual iniciará y terminaré el 1er. y 2do. periodo de la Licencia por Maternidad, la que debe ser presentada con anterioridad al inicio de la misma.
Asignación por Nacimiento
Suma de dinero que abona ANSES al trabajador en relación de dependencia por el nacimiento de un hijo o por la adopción de un joven.
Se abona a uno solo de los padres/adoptantes.
Requisitos a reunir:
· Solicitar el pago de esta asignación dentro de los dos (2) años de la fecha de ocurrido el nacimiento o de dictada la sentencia de adopción.
· Contar con una antigüedad mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses a la fecha de ocurrido el nacimiento o de dictada la Sentencia de Adopción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del Régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.
· Los trabajadores deben estar en relación de dependencia al momento de ocurrido el nacimiento o de dictada la Sentencia de Adopción.
Documentación a presentar
· Original y fotocopia del DNI del recién nacido/adoptado. En caso de adopción con los datos rectificados (de corresponder).
· Original y fotocopia de la Partida de Nacimiento. En caso de adopción con datos rectificados (de corresponder).
Fotocopia autenticada del Testimonio de Sentencia de adopción (de corresponder).
Asignación por Hijo/Hijo con Discapacidad
Suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia por cada hijo menor de 18 años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trata de un hijo discapacitado.
Se abona a uno solo de los progenitores/guardadores/tutores o curadores a la persona.
Requisitos que debe reunir:
· El hijo debe residir en el país, ser menor de dieciocho (18) años y soltero. Puede ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar en Guarda, Tenencia o Tutela acordada por Autoridad Judicial o Administrativa competente. Corresponde el pago aunque éste trabaje en relación de dependencia o perciba cualquier beneficio de la Seguridad Social.
· El hijo discapacitado debe residir en el país, contar con Autorización expresa de ANSES y ser soltero. Puede ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar en Guarda, Tenencia o Tutela acordada por Autoridad Judicial o Administrativa competente. Corresponde el pago aunque el hijo discapacitado trabaje en relación de dependencia o perciba cualquier beneficio de la Seguridad Social. Para el hijo discapacitado no existe límite de edad para el cobro de esta Asignación Familiar.
·Puede ser divorciado, separado legalmente o viudo y estar bajo la “curatela a la persona”. Cuando el discapacitado sea mayor de edad y no tenga madre ni padre ni curador, se abona la Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad al pariente por consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria, en los términos de los artículos 367, 368 y 370 del Código Civil sea declarada o reconocida por Autoridad Judicial competente.
Documentación a presentar
· Original y fotocopia de la Partida de Nacimiento.
· Original y fotocopia del DNI del titular y del discapacitado.
· Original y fotocopia de la Partida de Nacimiento del discapacitado.
· Original y fotocopia de certificados de Escuela Especial o de Rehabilitación, de poseerlos.
· Original del Certificado de Pluriempleo: Este certificado debe ser presentado si el titular trabaja en relación de dependencia en más de un empleo y consiste en una constancia de los otros empleadores de la que surja la no percepción de Asignaciones Familiares y el monto resultante de la suma de la remuneración bruta mensual excluidas las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo y la no percepción de Asignaciones Familiares
· Titular casado legalmente: documentación que acredite que su cónyuge no percibe Asignaciones Familiares.
· Titular cuyo cónyuge/concubino/co-adoptante trabaje en relación de dependencia: Original del Certificado Opción Pluricobertura (Constancia extendida por el empleador del cónyuge/concubino/co-adoptante que avale la no percepción de Asignaciones Familiares).
· Titular cuyo cónyuge/concubino/co-adoptante fuere autónomo: Original y fotocopia de la Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (CUIT) o Constancia de Inscripción en las Cajas Profesionales Provinciales que correspondan.
· En caso de estar divorciados: Fotocopia autenticada de la Sentencia de Divorcio de la que surja la tenencia de los hijos.
· Menores en Guarda, Tutela o "Curatela a la Persona": Fotocopia autenticada del Testimonio o Certificado expedido por Autoridad Judicial o Administrativa competente. Las Guardas provisorias deben ser renovadas cada doce (12) meses.
· Hijos adoptivos: Fotocopia autenticada del Testimonio de Sentencia de Adopción.
· Titular pariente por consangunidad o afinidad con el discapacitado cuya obligación alimentaria sea declarada o reconocida por Autoridad Judicial competente: Original y fotocopia de la Partida de Nacimiento del discapacitado, original y fotocopia de la Partida de Defunción de sus padres y fotocopia autenticada del Testimonio de la Sentencia Judicial u original y fotocopia de Información Sumaria de la que surjan las exigencias correspondientes.
· Titular progenitor de un menor de dieciocho (18) años con cargas de familia: Original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los padres menores y del recién nacido, original y fotocopia de Información Sumaria con la que se acredite la convivencia del solicitante con los menores (hijo y nieto) y que los tiene a su cargo y original del Certificado de Pluricobertura del padre/madre menor de 18 años o declaración jurada de no encontrarse bajo relación de dependencia.
Asignación Ayuda Escolar
Suma de dinero anual que se abona al trabajador en relación de dependencia con derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y/o hijo con discapacidad. Se abona a uno solo de los progenitores/guardadores/tutores o curadores a la persona.
Se puede pagar con los haberes del mes inmediato anterior al del inicio del ciclo lectivo, siempre que se haya acreditado ante empleador la asistencia al ciclo lectivo del año anterior, sin perjuicio de la posterior presentación del certificado de inicio dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo. También puede ser percibida dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo, contra la presentación del certificado de inicio respectivo dentro del plazo antes citado.
Requisitos a reunir:
· Tener derecho al cobro de la Asignación familiar por Hijo/Hijo con Discapacidad.
· Que el hijo curse desde el 1º grado hasta el 6º año de la escuela secundaria o Educación General Básica o Polimodal en Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.
· Que el hijo concurra regularmente a Preescolar, Nivel Inicial, Sala de 5 años. En los casos en que el menor concurra a Jardín Maternal, Sala de 3 años, Sala de 4 años, Jardín de Infantes o cualquier otra Sección o Sala no citada anteriormente, a fin de acreditar el derecho a la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual, el establecimiento educativo deberá emitir una constancia en la que acredite que dichas Salas se encuentran incluidas en el Nivel Inicial.
· Que el hijo con discapacidad, que cuente con Autorización expresa de ANSES, cualquiera sea su edad, concurra a Establecimientos Educacionales donde se imparta Nivel Inicial, Educación General Básica, Polimodal o enseñanza diferencial, o a Establecimientos oficiales o privados controlados por autoridad competente en los que se presten servicios de rehabilitación exclusivamente, o cuando reciban enseñanza diferencial impartida por maestros particulares que posean matrícula habilitante o impartida individualmente aunque la misma no se realice en establecimientos oficiales o privados.
Documentación a presentar
· Original del certificado escolar de inicio del ciclo lectivo correspondiente al año que se liquida expedido por la Escuela o Establecimiento Educativo, Centro o Instituto de Rehabilitación al que concurra el alumno, del que debe surgir: identificación de la escuela o instituto o establecimiento educacional; nombre y apellido del alumno; fecha de inicio del ciclo lectivo o de inicio de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado con aclaración, en este caso, del tipo y número de matrícula habilitante del responsable del tratamiento; nivel y tipo de escolaridad o de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado; fecha de emisión; sello del establecimiento con los datos institucionales; firma de la autoridad competente, el que deberá ser presentado dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo.
Descargar el certificado de escolaridad haciendo click aquí.
Certificados de Pluriempleo y Pluricobertura
· Original del Certificado de Pluriempleo: Este certificado debe ser presentado si el titular trabaja en relación de dependencia en más de un empleo y consiste en una constancia de los otros empleadores de la que surja el valor de las remuneraciones mensuales correspondientes, (excluidas las horas extras y el aguinaldo); y la no percepción de Asignaciones Familiares.
· Titular casado legalmente: Documentación que acredite que su conyugue no percibe asignaciones familiares.